Legislación en el uso de sustancias no deseadas en la alimentación animal
El MAPA obligará, a partir del 20 de octubre de 2007, a cumplir con la nueva directiva comunitaria en materia de sustancias indeseables en alimentación animal, en lo que se refiere a los niveles máximos de compuestos organoclorados en los piensos.
Según la Orden ministerial, publicada en el boletín Oficial del Estado del pasado sábado 7 de abril, se transpone la directiva comunitaria dictada al respecto el año 2006 dentro del plazo de los 12 meses de la Comisión europea daba a cada estado miembro para incorporarla a su legislación.
El objetivo de estas normativas es ir modificando los niveles máximos de las distintas sustancias indeseables de acuerdo con los resultados obtenidos en las diferentes evaluaciones del riesgo que la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) lleva a cabo.
Fuente : Eurocarne
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