El Consejo de Ministros español aprobó el 16 de enero un Real Decreto que traspone la normativa europea en materia de higiene en las explotaciones agrícolas a la legislación española. La nueva norma fija cuáles son las explotaciones agrícolas que deben cumplir con las obligaciones de higiene fijadas por la Unión Europea y se establece el conjunto de medidas que, desde el punto de vista de la higiene, deben respetar los titulares de las mismas. Se incluyen entre estas explotaciones aquellas en las que se produzcan productos agrícolas y ganaderos, así como productos agrícolas u otros productos alimenticios que excedan las fases de la producción primaria.
El Ministerio de Agricultura y las organizaciones más representativas del sector agropecuario pondrán a disposición de los productores una serie de guías de buenas prácticas a través de la web del Departamento, para aclarar sus obligaciones y cómo deben proceder a partir de ahora.
Creación del Registro General de la Producción Agrícola
Una de las novedades del Real Decreto recién aprobado es la creación del Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA), en el que será obligatoria la inscripción de todas las explotaciones que realicen su actividad en el ámbito agrícola. Este Registro es un instrumento imprescindible para el cumplimiento de la normativa comunitaria sobre seguridad alimentaria, ya que entre otras cuestiones permitirá reforzar los sistemas de trazabilidad existentes. Además, el REGEPA aportará información muy valiosa para los controles de condicionalidad de las ayudas de la PAC, así como para estudios de índole estadística.
El Ministerio dispone también de una aplicación informática que permitirá el intercambio de información entre los diferentes registros de todas las administraciones y la consulta pública de dicha información, con la misión de informar a los agricultores de la inscripción en el REGEPA de sus explotaciones.
Otra novedad a destacar la constituye el establecimiento de un Programa de Control Oficial de la Producción Primaria Agrícola, en el que se pretenden aglutinar las labores de control oficial que fijan tanto la normativa comunitaria como nacional en el marco de la higiene agrícola. El objeto del mismo es garantizar la eficacia y eficiencia de los controles, al mismo tiempo que se simplifican los procedimientos de control y se evitan las duplicidades.