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Francia pone freno a la resistencia antibiótica

A partir del 1 de abril se han prohibido o restringido el uso en medicina veterinaria de más de 50 antibióticos de importancia crítica


El pasado mes de marzo el Gobierno francés publicó el Decreto 2016-31, de 16 de marzo, relativo a la prescripción y expedición de medicamentos utilizados en medicina veterinaria que contengan uno o varias sustancias antibióticas de importancia crítica. Además del decreto, ha publicado la Orden del 18 de marzo que establece la lista de sustancias antibióticas de importancia crítica y los métodos autorizados para la determinación de la sensibilidad de las cepas bacterianas.

Ambas normativas, que entraron en vigor el pasado 1 de abril, modifican el arsenal terapéutico del que disponen los veterinarios, ya que más de 50 sustancias antibióticas han quedado prohibidas o su uso restringido.

Así, los medicamentos que contenían una o varias sustancias antibióticas de importancia crítica enumeradas en la Orden se han prohibido en medicina veterinaria para su uso preventivo. Para otros usos, como el curativo o el metafiláctico, algunas de estas sustancias también se han prohibido o pueden prescribirse, pero bajo una serie de condiciones: la realización de un examen clínico y la obtención de resultados de laboratorio que indiquen que las cepas bacterianas identificadas solo son sensibles a antibióticos de importancia crítica.

Metafilaxia

Repecto a la metafilaxia, la legislación francesa pone de manifiesto que el veterinario solo podrá prescribir un tratamiento metafiláctico con un medicamento que contenga una o más sustancias antibióticas de importancia crítica si sospecha de una enfermedad con alta tasa de mortalidad o morbilidad que, que en ausencia de tratamiento precoz, inevitablemente se propagará entre los animales. El veterinario responsable debe justificar este tratamiento mediante un examen clínico o necropsia; además, el tratamiento prescrito no podrá exceder de un mes.

Antibiograma

La ley gala también exige que la prescripción de un medicamento que contenga una o varias sustancias antibióticas de importancia crítica está supeditado a la realización previa de un examen clínico efectuado por el veterinario prescriptor o de un examen post mortem efectuado a su petición, así como de un análisis del contexto epidemiológico. Además, es precisa la realización previa de un examen complementario para identificar la cepa bacteriana responsable de la infección a partir de una muestra tomada en uno o varios animales vivos o muertos, siempre que sea posible, y la realización previa de un examen complementario para demostrar la sensibilidad de la cepa bacteriana identificada a ese único antibiótico mediante un test de sensibilidad realizado según uno de los métodos autorizados.

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