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Veterindustria acoge con satisfacción la regulación de la venta a distancia de medicamentos no sujetos a prescripción


El Consejo de Ministros aprobó el 25 de noviembre un Real Decreto por el que se regula la venta a distancia de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción obligatoria. Esta norma posibilita una modalidad de venta de medicamentos veterinarios que responde a la creciente demanda de los ciudadanos de efectuar la mayor parte de sus gestiones y adquisiciones a través de medios electrónicos, por la comodidad y ahorro de tiempos que estos medios aportan. Veterindustria, como patronal de la industria de sanidad y nutrición animal, acoge con “satisfacción” esta noticia: “A través de esta norma se establecen en nuestro país los requisitos de esta modalidad de venta por correspondencia y medios electrónicos, y se establecen los pertinentes controles para que la misma se efectúe con todas las garantías”, aseguran desde la patronal española.

Veterindustria valora la decisión de manera muy positiva: “En este sentido, y de manera análoga a como previamente se había hecho con los medicamentos de uso humano, se desarrolla reglamentariamente esta modalidad de venta que ya fue permitida en el año 2013 con una modificación de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. A través de la modificación de la Ley, se prohibió la venta por correspondencia y medios electrónicos de medicamentos sujetos a prescripción veterinaria, permitiendo la venta de medicamentos veterinarios sin prescripción, circunscribiéndolo a las oficinas de farmacia y comerciales detallistas, bajo control farmacéutico”.

Por último, la patronal explica que los establecimientos de dispensación autorizados han de notificar a las autoridades de las comunidades autónomas en las que están ubicadas el inicio de este nuevo canal de comercialización, debiendo cumplir con una serie de requisitos: “Un aspecto destacable, y de gran utilidad para los ciudadanos, es que el sitio web deberá incorporar el logotipo identificativo de la legalidad de ese sitio para este tipo de venta, una vez el mismo haya sido creado por la autoridad competente. Por tanto, esta nueva norma aporta claridad y garantías para esta modalidad de venta, lo cual redunda en un beneficio para tanto los usuarios de los mismos como de los profesionales sanitarios. La industria espera que la implementación de la misma se lleve a cabo de una manera rápida y eficiente”.

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