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España incumple la Directiva europea sobre IVA en materia sanitaria

Según la Comisión se aplica a más categorías de bienes que las previstas en la normativa


Según publica ElMundo.es en su sección de Economía (clic aquí) el Tribunal de Justicia europeo ha dictaminado que la aplicación reducida del IVA en España de los productos farmacéuticos y equipos médicos no se ajusta a la normativa comunitaria, ya que incluye más categorías de bienes que las que prevé la Directiva.

Esto supone que el Gobierno tendrá que subir el Impuesto sobre el Valor Añadido sanitario 11 puntos, del 10% al 21%. Desde Hacienda aclaran que la subida no afectará a las medicinas como tal ni a material sanitario para discapacitados, pero sí a las sustancias utilizadas por los laboratorios para fabricar medicamentos, que deberán incrementarse del 4% al 21%.

La sentencia, que se emitió el jueves y declara que "España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la directiva IVA", no puede recurrirse, por lo que el Gobierno deberá eliminar de la lista del IVA reducido los bienes que no puedan aplicarse de acuerdo con la legislación europea.

Fuentes del Ministerio de Hacienda explican que el cambio no será de un día para otro y que la Comisión concederá a España el tiempo suficiente para hacerlo, algo que requiere una modificación de la Ley del IVA y su correspondiente trámite parlamentario.

La Directiva sólo permite aplicar un tipo de IVA reducido a los productos acabados, susceptibles de ser utilizados directamente por el consumidor final, excluye los productos que pueden emplearse para la obtención de medicamentos. Además, sostiene que la Directiva IVA no permite la aplicación de un tipo de IVA reducido a los "productos sanitarios, material, equipos o instrumental que, objetivamente considerados, solamente puedan utilizarse para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias del hombre o de los animales" como hace España. Ahora bien, el coste de los productos, instrumental y material y de los equipos médicos y veterinarios rara vez será soportado directamente por el consumidor final, dado que estos artículos son principalmente utilizados por profesionales de la sanidad para la prestación de servicios que, por su parte, pueden quedar exentos del IVA.

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