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El Sindicato Veterinario de Castilla y León insta a la creación de las Unidades Veterinarias de la Fauna Silvestre

Sivecal-USCAL propone que se habiliten al menos 74 plazas exclusivas del Cuerpo Facultativo Superior para ejecutar los programas de control de enfermedades y llevar a cabo estudios epidemiológicos.


El Sindicato Veterinario de Castilla y León (Sivecal-USCAL) ha pedido al consejero de Medio Ambiente del gobierno autonómico el incremento de plazas de veterinarios en servicios con competencias en medio natural y fauna, pesca fluvial y lacustre, caza, evaluación, prevención ambiental y cambio climático, educación e información medioambiental y residuos y suelos contaminados. Así mismo, reclama la creación del Servicio de Epidemiovigilancia Veterinaria y Sanidad de la Fauna Silvestre en los Servicios Centrales de la consejería, y las secciones de Sanidad y Unidades Veterinarias de la Fauna Silvestre en los nueve Servicios Territoriales de Castilla y León.

En un motivado informe se insta la creación de, al menos, 74 plazas exclusivas del Cuerpo Facultativo Superior (veterinarios) para elaborar y ejecutar los programas de prevención, lucha, control y erradicación de las enfermedades de la fauna silvestre y llevar a cabo estudios epidemiológicos en espacios naturales gestionados por la consejería de Medio Ambiente, entre otras muchas actuaciones que desde Sivecal-USCAL consideran ineludibles para evitar el progresivo deterioro del medio natural y la protección de la salud pública evitando o, al menos, aminorando la cadena de contagios de las crecientes zoonosis emergentes.

Las razones de la petición

El Sindicato Veterinario de Castilla y León justifica su petición por la creciente manifestación de enfermedades de naturaleza infectocontagiosa (la mayoría zooantroponosis, aunque algunas de ellas antropozoonosis) que ponen de manifiesto la permanente interacción hombre-animales-medioambiente, es decir, el concepto One Health. Igualmente, recuerdan que el 65 % de todos los patógenos del hombre conocidos, son zoonosis con una relación directa con las actividades de la salud pública veterinaria, como sucede con la enfermedad hemorrágica Crimea-Congo, la viruela del mono, la gripe aviar, la fiebre del Valle del Nilo occidental, la tuberculosis, la sarna, la tularemia, etc., además de otras importantes patologías epizoóticas que diezman los recursos faunísticos como el síndrome hemorrágico o la neumonía enzoótica de los conejos, ectima contagioso, queratoconjuntivitis, enfermedad de Aujeszky, peste porcina, parasitosis, etc., algunas de ellas enfermedades emergentes y otras reemergentes. 

Sivele-USCAL destaca también la utilización de sistemas de explotación semiextensivos de cotos, lo que traerá apareado la presumible aparición de residuos en los productos incorporados a la cadena alimentaria. Asimismo, señalan el complicado problema de los reservorios naturales en la lucha contra enfermedades como la tuberculosis, brucelosis o rabia afectadas por costosas campañas de saneamiento y prevención.

Unido a lo anterior, el Sindicato Veterinario de Castilla y León recuerda las diversas competencias que en materia sanitaria, y en lo referente a fauna silvestre y medioambiente, reconoce a los Servicios Veterinarios Oficiales la actual Ley de Sanidad Animal y la Ley de Salud Pública y Seguridad Alimentaria, algo que consideran que justifica que esa Consejería deba plantearse muy seriamente la creación de un Servicio Oficial Veterinario que asuma como propias todas las funciones derivadas de lo anteriormente enumerado.

Competencias de los veterinarios

Las competencias que según el Sindicato Veterinario de Castilla y León debe incluir "de forma ineludible" la norma que desarrolle las funciones de estos futuros Servicios Veterinarios Oficiales de Medio Ambiente son las siguientes:

  • Control del movimiento pecuario de especies silvestres en libertad o procedentes de granjas cinegéticas o piscícolas, tanto a nivel nacional como internacional, en coordinación con las Unidades Veterinarias de las Secciones Agrarias Comarcales.
  • Control de Granjas Cinegéticas, de sus entradas y salidas, control de la pureza  genética de los ejemplares destinados a repoblación, a fin de evitar hibridaciones.
  • Control de los movimientos en Reservas Regionales de Caza y en Centros Experimentales y de Recuperación de Especies Amenazadas.
  • Control de movimientos de piscifactorías dedicadas a la producción de ejemplares para repoblación.
  • Control del Registro de Núcleos Zoológicos con especies de fauna  silvestre, especialmente autóctona.
  • Control de repoblaciones y translocaciones en cotos de caza y espacios naturales.
  • Control de especies invasoras, véase avispón asiático, cormoranes, visón americano, mejillón tigre.
  • Control, seguimiento y vigilancia de los programas sanitarios sobre fauna silvestre elaborados por responsables de cotos de caza, granjas cinegéticas y Núcleos Zoológicos de todo tipo.
  • Elaboración y ejecución de Programas de prevención, lucha, control y erradicación de las enfermedades de la fauna silvestre y estudios epidemiológicos en Espacios Naturales gestionados por la Consejería de Medio Ambiente.
  • Gestión y desarrollo de actuaciones clínicas de todo tipo en Centros de Recuperación de Fauna Silvestre y en explotaciones gestionadas por esta Consejería.
  • Participación en programas de impacto ambiental relacionados con explotaciones ganaderas, residuos y vertidos, en coordinación con la Sección de Prevención Ambiental.
  • Control de las condiciones en que se incorporan a la cadena alimenticia humana productos provenientes de animales silvestres, en coordinación con los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública. 
  • La formación puede y debe incluir al personal de campo, que colabora en la recogida de muestras de los planes de vigilancia (celadores de caza, agentes medioambientales, etc.), formación en bienestar animal durante el transporte (existe un servicio de celadores y agentes medioambientales que recogen animales heridos, desorientados, crías y que se transportan a los CRAS normalmente). 
  • Control y manejo de los medicamentos que se utilizan para la captura de diferentes especies para su marcado (transmisores, identificación, muestreos o incluso el sacrificio cuando sea necesario). 
  • Dirección técnico-sanitaria de las diferentes explotaciones cuya titularidad sea de la junta donde se produzcan animales: granjas cinegéticas, piscifactorías, etc. 
  • Toma de muestras para el control parenteral o genético de diferentes especies que la legislación exige. 
  • Gestión de botiquines veterinarios utilizados en los Servicios Territoriales.
  • Control de aprovechamientos micológicos y condiciones para su incorporación a la cadena alimentaria, en coordinación con los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública y los Ayuntamientos. 
  • Formación y educación ambiental, fundamental en la difusión de normas de conducta y de conocimientos básicos sobre sanidad animal. 
  • Y, por supuesto, cualquier otra que se estime conveniente por esa Consejería.

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