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La CE pone en marcha ayudas al almacenamiento privado de carne de porcino


El Comité de Gestión de la OCM Única ha emitido un dictamen favorable a la propuesta de Reglamento de la Comisión por el que se fija el montante de la ayuda al almacenamiento privado de carne de porcino.

De esta forma, nueve productos de carne de porcino, divididos en seis categorías, dispondrán de ayudas al almacenamiento privado en el ámbito de la Unión Europea, de acuerdo con un Reglamento de la Comisión que cuenta con el dictamen favorable del Comité de Gestión de la OCM Única. Dicho reglamento establece las cantidades de ayuda para periodos de almacenamiento de 90, 120 o 150 días.

Con esta decisión, la Comisión da respuesta a la demanda de medidas de apoyo al sector porcino, reiteradamente solicitada por España y otros Estados miembros de la Unión Europea, ante la difícil situación por la que atraviesa este sector.

Esta medida, que el Reglamento de la OCM Única contempla como herramienta de gestión para el sector porcino, constituye un importante instrumento para la recuperación de los precios. El montante de la ayuda aprobada en esta ocasión es significativamente superior a la aplicada la última vez que este instrumento se puso en marcha, en el año 2007, con valores que para la mayoría de productos y periodos de almacenamiento superan en más de un 20-35% la ayuda fijada en ese año, llegando a duplicarse en el caso de la panceta, lo que representa un importante aliciente para los operadores.

Así mismo, el importe de la ayuda para el almacenamiento de medias canales durante 3 meses se fija en 376 euros por tonelada, 398 euros para cuatro meses y 420 euros para cinco meses, el periodo máximo de almacenamiento previsto. Para jamones, paletas, delanteros, chuleteros y otras piezas deshuesadas, se establece una ayuda de 459 euros por tonelada para 3 meses, 479 euros para cuatro meses y 499 euros para cinco.

La operación quedará abierta el próximo uno de febrero, por lo que a partir de esa fecha podrán presentarse solicitudes de ayuda conforme a lo establecido en el Reglamento R. 826/2008 de la Comisión, de 20 de agosto, por el que se establecen disposiciones comunes para la concesión de ayuda para el almacenamiento privado de determinados
productos agrícolas.

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