El Ministerio de la Presidencia ha publicado en el Boletín Oficial del Estado del 21 de septiembre modificaciones en el programa de control del mal de las vacas locas, respecto a la edad en la que deberán realizarse a las reses las pruebas de detección de la enfermedad.
Se trata de una Orden para cambiar el programa integral coordinado de vigilancia y prevención de las encefalopatías espongiformes transmisibles (EET), grupo al que pertenece la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) conocida como la de las vacas locas.
El Gobierno ha modificado este plan siguiendo las últimas revisiones de la Comisión Europea (CE) sobre la normativa relacionada con esa enfermedad y tras informaciones que demuestran que la situación epidemiológica permite rebajar las exigencias de edad para esos test.
Según esta normativa, se realizarán pruebas de encefalopatía espongiforme bovina (EEB) a todos los animales bovinos de más de 72 meses, siempre que se trate de reses que hayan sido sacrificadas normalmente para consumo humano y sin indicios clínicos de la enfermedad.
Los test serán obligatorios para los animales mayores de 36 meses que hayan sido sometidos a un "sacrificio de urgencia", para aquellos que durante la inspección antemortem hayan sido considerados sospechosos de padecer una enfermedad o estar en un estado sanitario que pueda perjudicar la salud de las personas.
En el caso de reses procedentes de países que, al contrario que España, no han sido autorizados por Bruselas a revisar sus planes de seguimiento de la EEB, los test serán obligatorios para ejemplares más jóvenes.