Desde el Colegio de Veterinarios de Sevilla han elaborado varias infografías sobre la tenencia y obligaciones de los propietarios de perros potencialmente peligrosos, abordando las razas y sus cruces, la obtención de las licencias administrativas y las medidas mínimas de seguridad, manejo y custodia que son necesarias para tener todo en regla.
El Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre - y el Decreto 42/2008, de 12 de febrero en la Comunidad de Autónoma de Andalucía - sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos determina las razas y los cruces de los animales de la especie canina potencialmente peligrosos, junto con los requisitos necesarios para la obtención de las licencias administrativas que habilitan para tener animales potencialmente peligrosos y las medidas mínimas de seguridad en relación al manejo y custodia de dichos animales.
Son perros potencialmente peligrosos las siguientes razas y sus cruces: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argetino, Fira Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu, Doberman.
Dada su importancia, desde el Colegio ruegan la máxima difusión para que la información pueda llegar a un mayor número de personas interesadas, y juntos lograr una tenencia responsable de este tipo de perros.