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El MAPA actualiza el protocolo de actuación ante la llegada de animales de compañía de Ucrania

La Dirección General de la Producción Agraria ha incluido las actuaciones necesarias en puntos intermedios o de tránsito de refugiados, entre otras cuestiones.


Dos personas huyendo con sus mascotas. Fuente: @exodusukraine.Dos personas huyendo con sus mascotas. Fuente: @exodusukraine.

La Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, órgano directivo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), ha actualizado el protocolo de actuación para animales de compañía procedentes de Ucrania. Las principales modificaciones se producen en el apartado "Evaluación del riesgo de introducción de la rabia (RABV) en España", que ahora dicta:

El riesgo principal para nuestro país ha sido y sigue siendo en la actualidad el norte de África, que es un territorio fuertemente endémico y fuente frecuente de casos importados en Ceuta y Melilla [...]. El siguiente nivel de riesgo, aunque considerablemente menor, ha estado representado por la importación ilegal de perros de raza procedentes de países del este de Europa. Con la situación actual en Ucrania, el riesgo procedente de esta zona se incrementa de forma notable, aunque en la actualidad es difícilmente cuantificable por no contar con una estimación del número de animales de compañía que pueden llegar con los refugiados de ese país. No obstante, sí se puede efectuar una evaluación del riesgo cualitativo. 

Ucrania sigue siendo el único país de Europa donde la rabia está muy extendida entre los animales y las personas (Regulatory Mechanism in Biosystems, 2021). Anualmente hay unos 1.600 casos de rabia en animales en Ucrania y se han registrado casos esporádicos en humanos a pesar de la de las medidas preventivas [...]. Como conclusión, se puede deducir que el riesgo cualitativo de los animales compañía que pueden llegar acompañando a sus dueños sin asegurar el cumplimiento de los requisitos habituales es muy elevado, y dependiendo del número de refugiados que accedan a nuestro país en esta situación, hará que el riesgo cuantitativo pueda incrementarse de forma considerable. Por tanto, la evaluación preliminar es de riesgo alto. Ello hace que en el actual contexto cobre especial relevancia la indudable efectividad que manifiesta, como medida de contención efectiva, el tener nuestra población autóctona de perros, gatos y hurones convenientemente protegida. La llegada de animales de compañía de Ucrania a zonas donde la población autóctona de animales de compañía no cuenta con la protección adecuada hará necesario extremar las medidas de mitigación de riesgo siguientes.

Medidas de mitigación del riesgo de rabia

Cualquier administración pública, ya sea de ámbito nacional, autonómico o local, incluyendo los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, las policías autonómicas y municipales, así como cualquier profesional relacionado con la salud pública o la salud animal, informará de inmediato a los Servicios Veterinarios Oficiales de la Comunidad Autónoma de la llegada de un animal de compañía (perro, gato o hurón, principalmente) acompañando a refugiados procedentes de Ucrania. Los Servicios Veterinarios Oficiales de las Comunidades Autónomas tomarán las medidas necesarias, en colaboración con el resto de autoridades competentes y, en su caso, con otras entidades privadas o profesionales sanitarios que presten su colaboración voluntariamente y sin ánimo de lucro, para que a la mayor brevedad posible se aplique el siguiente protocolo de actuación, en función de la evaluación que se realice, caso a caso:

- Identificación: en el caso de que el animal esté identificado con microchip y este sea legible, no será necesaria su reidentificación. En caso contrario, se identificará con microchip. El pasaporte UE no será emitido a los propietarios ucranianos hasta que se cumplan todos los requisitos de este protocolo y finalicen los periodos de cuarentena necesarios.

- Vacunación frente a la rabia:

  • 1. Si el animal se comprueba, con la documentación disponible, que ha sido vacunado en Ucrania, se procederá a la extracción de sangre para titulación de anticuerpos y a la revacunación en ese momento en cualquier caso. En espera del resultado de la titulación, el animal se mantendrá en aislamiento domiciliario con el propietario. Si la titulación es favorable, el animal permanecerá con el propietario en aislamiento domiciliario hasta completar un periodo de 3 meses desde la extracción de sangre. Si la titulación es desfavorable, se realizará una nueva titulación a los 30 días, permaneciendo en cuarentena en un centro público o privado. Si la titulación es desfavorable, revacunación a los 2 meses de la anterior vacuna y permanecerá en el centro de cuarentena, con una nueva titulación de anticuerpos pasados 30 días de la segunda vacunación; si la titulación vuelve a ser desfavorable, se completará la cuarentena en el centro por un periodo máximo de 6 meses desde la primera extracción de sangre. Si la titulación es favorable completará con el propietario el periodo de cuarentena de 3 meses desde la primera extracción de sangre.
  • 2. Si el animal ha sido vacunado a la entrada en la Unión Europea, se procederá a la extracción de sangre si han pasado más de 30 días desde la vacunación. En caso contrario, se esperará a que pase ese periodo, permaneciendo el animal en cuarentena en un centro público o privado. Si la titulación es favorable, el animal completará el periodo de cuarentena de 3 meses desde la extracción de la sangre en compañía de su propietario. Si la titulación es desfavorable, se revacunará a los 2 meses de la primera vacunación y se continuará actuando como en el apartado 1.
  • 3. Si el animal no está vacunado, se primovacunará y permanecerá en cuarentena en un centro público o privado; pasados 30 días se realizará una extracción de sangre para titulación de anticuerpos. Si la titulación es favorable, completará el periodo de cuarentena de 3 meses en el centro; si es desfavorable, revacunación a los 2 meses y se continuará de la misma forma que en los puntos 1 y 2.

En todos los supuestos anteriores de cuarentena en centro público o privado, las comunidades autónomas podrán, previo análisis de riesgo caso por caso, autorizar que la cuarentena se realice en compañía del propietario, en su domicilio, especialmente en el caso de gatos y hurones. En el caso de que el centro o lugar de llegada de los refugiados con sus animales de compañía sea un centro o lugar intermedio de llegada (tránsito) para su posterior reubicación en distintos destinos, la comunidad autónoma de llegada iniciará todas las actuaciones contempladas en este protocolo, si bien la cuarentena, en su caso, será realizada con su propietario. Una vez conocido el destino final de los propietarios y sus animales, dicha comunidad autónoma informará a las de destino de la situación de los animales en cuanto al cumplimiento de este protocolo, con el fin de que completen las actuaciones, en la comunidad autónoma de destino final.

Las pruebas serológicas se realizarán en el Laboratorio Nacional de Referencia de Santa Fe, de forma gratuita. En el caso de que sea necesario realizar las cuarentenas en centros públicos o privados y no se consigan los medios necesarios para ello, el contacto para realizar las gestiones necesarias es el siguiente e-mail de la Dirección General de Derechos de los Animales: dgderechosanimales@mdsocialesa2030.gob.es.

Ucrania es un país endémico de Echicococcus multilocularis

Adicionalmente, es importante remarcar también que, mientras en España no se ha detectado en animales domésticos Echicococcus multilocularis, Ucrania es un país endémico del parásito. Por ello, es conveniente realizar a la llegada de estos animales un tratamiento que debe consistir en un medicamento veterinario autorizado que contenga la dosis adecuada de praziquantel o de sustancias farmacológicamente activas que, por sí solas o en combinación, hayan demostrado reducir la carga de las formas intestinales maduras e inmaduras de Echinococcus multilocularis en las especies huéspedes afectadas.

Tras el tratamiento, se informará al propietario o centro donde resida el animal de las normas de gestión de las heces de los animales en los 3 días posteriores a su tratamiento. Se recogerán en doble bolsa, y tras su cierre se depositarán en el contenedor orgánico o general. Se rociará, en la medida de lo posible, el lugar de recogida de las heces con lejía.

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