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El bienestar animal motiva la sentencia de custodia compartida de un perro en Santander

Un juez ha decidido que el perro será cuidado de manera alterna cada quince días por ambos propietarios, y que los gastos veterinarios y de vacunación se repartirán a partes iguales.


Un reciente fallo judicial en Santander ha determinado la copropiedad y custodia compartida de un perro de raza pastor belga entre dos personas que anteriormente eran pareja. Según la sentencia, el bienestar del animal ha sido el principal motivo para esta decisión, alineada con la nueva visión legal de los animales como seres sintientes, según lo establecido en la reforma del Código Civil en 2021.

El juez del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santander ha decidido que el perro será cuidado de manera alterna cada quince días por ambos propietarios. Los gastos veterinarios y de vacunación se repartirán a partes iguales, mientras que la alimentación será responsabilidad de quien tenga al perro en cada periodo. 

La sentencia estima la demanda presentada por el hombre, quien afirmó que el perro fue adquirido por decisión conjunta durante la relación, y que ambos se encargaron de su cuidado. La demandada, sin embargo, alegó que el perro era de su exclusiva propiedad y que fue ella quien lo atendió en todo momento.

El bienestar animal como base legal

El juez ha subrayado que, tras la reforma del Código Civil, los animales de compañía tienen un nuevo estatus jurídico que los reconoce como seres dotados de sensibilidad. Esto implica que su bienestar debe ser considerado en cualquier conflicto legal que los involucre.

El fallo también destaca que no existe evidencia que sugiera que la relación del demandante con el perro sea perjudicial para el animal, ni pruebas veterinarias o de adiestramiento que indiquen lo contrario. De hecho, se reconoció que el demandante mantuvo una estrecha relación afectiva con el perro, como lo demuestra la documentación veterinaria presentada.

Un vínculo afectivo demostrado

La sentencia deja claro que, durante el tiempo en que la pareja convivió, ambos mostraron un trato afectivo hacia el perro, lo que justifica la decisión de establecer una custodia compartida. Además, el magistrado concluye que no hay motivos para que la demandada ponga fin a esta relación de manera unilateral, ya que no se presentaron pruebas que indiquen que el bienestar del perro está en riesgo.

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