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La Ley de Protección Animal incluirá un sistema estatal de registros y la prohibición de la cría particular

La Dirección General de los Derechos de los Animales ha presentado el borrador de la futura Ley de Protección Animal, que se hará público el próximo 6 de octubre.


Sergio García Torres, Dirección General de los Derechos de los Animales. Fuente: @AnimalesGobSergio García Torres, Dirección General de los Derechos de los Animales. Fuente: @AnimalesGob

La Dirección General de los Derechos de los Animales, a cargo de Sergio García Torres, ha presentado el borrador de la futura Ley de Protección Animal, que se hará público el próximo 6 de octubre y que previsiblemente entrará en vigor en enero de 2023.

Conseguir sacrificio cero y abandono cero

La primera de las cuestiones clave de esta nueva ley girará en torno a conseguir el sacrificio cero, para lo cual es imprescindible conseguir el abandono cero. Para ello, apuestan por la creación de un Sistema Estatal de Registros de Protección Animal, en el que se incluirá el registro de los animales de compañía actualizado en tiempo real con los datos de las comunidades autónomas, así como un registro de entidades de protección animal, registro nacional de criadores, registro de núcleos zoológicos de animales de compañía (que cruzará los datos con los sistemas de anuncios de las plataformas para evitar la práctica de "criadores pirata"), registro nacional de profesionales del comportamiento animal y registro nacional de personas inhabilitadas para la tenencia o trabajo con animales de compañía. Además, los criadores estarán obligados a identificar a los animales con microchip antes de venderlos.

Listado positivo de animales de compañía y prohibición de venta en tiendas

Respecto a la especies consideradas como animales de compañía, se creará un listado positivo de los animales que sí se podrán comprar y vender, determinado por un comité científico en base a tres criterios: que no suponga un problema para la salud pública, que no suponga un problema para la seguridad pública y que no suponga un problema para el medio ambiente. Además, quedará prohibida la cría de animales alóctonos, en la que se incluye el visón americano, en parte por el riesgo de salud pública que supone su papel en la transmisión de la COVID-19.

Otro de los importantes cambios que incluirá la Ley es la prohibición de venta de animales en tiendas, teniendo que dirigirse directamente al criador autorizado para realizar la compra.

Control poblacional de animales de compañía

Queda prohibida la cría particular y queda exclusivamente en manos de criadores. En cuanto a la esterilización, será obligatoria antes de cualquier transmisión (venta, adopción o cesión) y será competencia del veterinario realizar una evaluación etológica en caso de que la esterilización esté contraindicada. La esterilización también será obligatoria en caso de propietarios particulares que tengan animales de diferentes sexos, teniendo que esterilizar a los machos o a las hembras para evitar la cría accidental. También se deberá esterilizar a los animales con acceso libre al exterior sin supervisión.

Perros de "manejo especial" y no "potencialmente peligrosos"

La nueva Ley quiere reformar el sistema actual que cataloga a los animales como potencialmente peligrosos únicamente por la raza a la que pertenecen. De esta forma, el criterio para considerar a un animal como de "manejo especial" será determinado por su comportamiento y no por su raza. Este sistema de evaluación se llevará cabo por profesionales del comportamiento, etólogos y fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y tendrá en cuenta, además del posible comportamiento agresivo, el peso y el potencial del perro (principalmente por su peso) para causar daño a las personas.

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