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Todas las regiones de Italia deberán tener un plan de control para la PPA en 30 días

El gobierno del país promulga un decreto ley que encomienda elaborar planes regionales de intervenciones urgentes para la gestión y erradicación de la peste porcina africana en jabalíes y cerdos.


El gobierno italiano da un paso más ante los brotes de peste porcina africana (PPA) en el país, y a través de su ministerio de Políticas Agrarias, Alimentarias y Forestales ha publicado un decreto ley con medidas para su prevención y erradicación.

El decreto ley asigna a todas las regiones italianas la tarea de elaborar, en un plazo de treinta días, un plan regional de intervenciones urgentes para la gestión, control y erradicación de la PPA en jabalíes y cerdos para garantizar la protección de la salud animal, el sistema productivo nacional y las exportaciones. Dicho plan deberá ajustarse a lo previsto por el plan nacional correspondiente, y deberá desarrollarse previo dictamen del Instituto para la Protección y la Investigación Ambiental (ISPRA) y el Centro de referencia nacional para la peste porcina.

En estos planes regionales el territorio se divide por provincias, y en cada una se indican los métodos ecológicos, las áreas de intervención directa, los métodos y los tiempos y objetivos anuales de los muestreos, relacionados exclusivamente con la contención de la PPA.

Creación de un Comisionado extraordinario

Para asegurar la correcta y oportuna realización de las actividades previstas en los planes aprobados, el decreto ley prevé el nombramiento de un Comisionado extraordinario, con el cometido de coordinar las acciones de prevención que se lleven a cabo.

Entre las funciones del Comisionado extraordinario está coordinar los servicios veterinarios de las empresas locales de salud competentes en cada territorio y verificar la regularidad de la matanza y eliminación de animales y canales de cerdo infectados, así como los procedimientos de desinfección llevados a cabo bajo el control de la oficina de salud local competente.

El Comisario extraordinario es designado por decreto del presidente del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Sanidad, del Ministro de Políticas Agrarias, Alimentarias y Forestales y del Ministro de Asuntos Territoriales. Hará uso de los órganos del Servicio Nacional de Salud y de las oficinas competentes de los ministerios, regiones, provincias, ciudades metropolitanas, municipios y cuerpos de Policía.

Por último, quienes encuentren ejemplares de jabalí heridos o muertos en el marco de la ejecución de planes regionales o en la realización de actividades cinegéticas o forestales, cultivo de terrenos agrícolas o involucrados en una reclamación con jabalíes, estarán obligados a comunicar inmediatamente el hallazgo al servicio veterinario de la oficina de salud local competente en la zona.

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