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El Gobierno introduce modificaciones en la ley para mejorar el bienestar animal en granjas

Se extiende la obligación a todas las explotaciones a partir de cierto tamaño de disponer de un plan de bienestar animal, que será elaborado por el veterinario de explotación.


Mejorar el bienestar animal en las granjas y facilitar los controles oficiales que llevan a cabo las autoridades competentes es el objetivo de un real decreto aprobado ayer por el Gobierno, que compila varias modificaciones de normas ya en vigor y crea algunas nuevas herramientas. Para ello, se crea formalmente la mesa nacional de coordinación sobre bienestar y protección de los animales y se establece la existencia de un centro nacional de referencia para el ámbito ganadero y acuícola.

Tras la resolución de un procedimiento público de participación de entidades interesadas para ser designadas centro de referencia en bienestar animal en 2021, se valoró la candidatura del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Catalunya (IRTA), en consorcio con la Universidad Autónoma de Barcelona, que se nombra mediante esta norma por un plazo de dos años.

El decreto aprobado modifica varias normas en vigor en materia de transporte de animales y de sacrificio.

Además, se modifican las normas mínimas para la protección de cerdos, con el fin de mejorar las condiciones de las granjas y el manejo de los animales, para lo que se establecen requisitos más específicos que los actuales, y adaptados al actual conocimiento científico. En concreto, hay nuevos valores en lo relativo a la densidad máxima de animales en las granjas, y nuevas condiciones respecto de su alimentación, agua, comederos, condiciones ambientales de las mismas y a la disponibilidad para los animales de material manipulable. El fin último es disminuir la necesidad de practicar el corte de colas de los cerdos. Las granjas ya existentes dispondrán de dos años para realizar las adaptaciones necesarias.

A fin de asegurar que se mejoran los procesos internos de las granjas, se extiende la obligación de disponer de un plan de bienestar animal a todas las explotaciones a partir de cierto tamaño. El veterinario de explotación elaborará este plan, adaptado a cada granja, completando la herramienta que ya existe en las granjas de porcino intensivo y de avicultura. Los titulares de las granjas dispondrán de 4 años para disponer de dicho plan.

Así mismo, se modifican todos los reales decretos sobre protección de animales en las granjas (el relativo a condiciones generales, y los de cría de terneros, gallinas ponedoras, cerdos y pollos de carne), a fin de adecuados a la normativa comunitaria en aspectos formales, como los relativos a los informes de los resultados de los controles y otros aspectos técnicos administrativos.

Esta nueva norma forma parte del paquete legislativo de acompañamiento del plan estratégico para la aplicación en España de la Política Agraria Común (PAC) y supone un refuerzo de la normativa de bienestar animal, desde distintos aspectos de la coordinación.

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