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¿Nos dejará la UE transportar animales vivos?

El pasado diciembre se presentó la propuesta del Reglamento Europeo sobre transporte de animales vivos.- Articulo de Miguel Ángel Higuera publicado en el número de mayo de Suis.


Miguel Ángel Higuera
Director Asociación Nacional de Productores de Ganado Porcino (Anprogapor)

Debido al impacto tan importante que estos nuevos reglamentos pueden tener en la producción, la Comisión tomó la decisión de aplazar la presentación de los borradores, pero las presiones de las ONG tuvieron como efecto que se tuvieran que hacer públicas las propuestas de bienestar animal de perros y gatos y la de transporte animal.

Dentro de la propuesta hay una serie de aspectos de alta preocupación que pueden afectar seriamente tanto al modelo de producción como a la viabilidad de ciertas producciones. Los aspectos clave de la propuesta se destacan a continuación.

Duración de viaje

Propuesta del Reglamento

Se define “viaje” como el desplazamiento de animales efectuado por uno o varios medios de transporte, que comienza con la carga del primer animal en el primer medio de transporte en el lugar de partida y termina con la descarga del último animal en el lugar de destino, así como las operaciones conexas, incluidos los periodos de descanso y el transbordo de un medio de transporte a otro. Para ello, se establecen unos tiempos máximos de viaje:

  • Transporte por carretera con fines diferentes a sacrificio. Se establece un máximo de 21 horas con 1 hora de descanso después de las 10 h de viaje. Después de ese ciclo de 21 h, hay que descargar los animales en un puesto de control para descansar durante un mínimo de 24 h después de las cuales puede comenzar un segundo ciclo de 21 h (10 h + 1 h descanso + 10 h).
  • Transporte por carretera con destino a sacrificio. Se limita a un máximo de 9 horas.

Implicaciones

La definición de viaje incluye la carga y la descarga, por lo que estas operaciones, que además son las más estresantes, se deberán hacer lo más ágilmente posible para restar el mínimo tiempo al transporte. Esto es contraproducente puesto que las operaciones de carga y descarga no deberían ser contempladas como tiempo de viaje para poder dedicar el tiempo que sea necesario a su correcta realización.

Además, la medida es discriminatoria entre Estados miembros. Los países extensos (como España) o los periféricos (como España) van a tener limitado tanto el acceso al propio mercado nacional como al movimiento intracomunitario de animales, afectando directamente a la posibilidad de cualquier ganadero de poder comercializar sus animales dentro del Mercado Único Europeo.

Falta asimismo consistencia en la propuesta. Los animales con fines diferentes a sacrificio se pueden transportar 21 h, pero los que van a sacrificio solo 9. No se comprende que el bienestar animal durante el transporte esté determinado por el tipo de establecimiento de recepción de los animales tras el viaje.

Temperaturas

Este es un aspecto nuevo en la propuesta, que no está contemplado en la anterior normativa.

Propuesta del Reglamento

En función de la temperatura exterior, se fijan las siguientes normas para el transporte de animales terrestres por carretera:

  • Si la temperatura exterior está por debajo de 0 °C, el vehículo deberá estar cubierto y con circulación de aire. Si la temperatura es inferior a -5 °C, la duración máxima del viaje será de 9 horas.
  • Entre 25 °C y 30 °C, la duración del trayecto durante el periodo comprendido entre las 10:00 h y las 21:00 h no podrá exceder de 9 horas.
  • Si es mayor de 30 °C, solo se podrán realizar trayectos entre las 21:00 h y las 10:00 h.
  • Cuando la previsión de temperatura indique temperaturas superiores a 30 °C entre las 21:00 h y las 10:00 h, el espacio disponible para los animales se aumentará en un 20 %.

Implicaciones

Basarse en la previsión de temperatura exterior para esta norma, en lugar de en las especies transportadas, la temperatura, el flujo de aire u otros indica dores en el interior del transporte, es un contrasentido para la mejora de la calidad del transporte. No recompensa el esfuerzo de las empresas que han invertido en mejorar las condiciones de sus vehículos utilizando la tecnología disponible y las mejores prácticas.

Es lamentable que la propuesta y la evaluación de impacto no consideren la diferencia, en cuanto al impacto sobre el bienestar animal, entre el aumento gradual de la temperatura y los picos repentinos en momentos excepcionales de olas de calor. Considerar -5, 25 o 30 °C como “temperaturas extremas” es especialmente discriminatorio para el sector ganadero de los Estados miembros del norte y del sur, ya que interrumpiría la cadena durante periodos más largos a lo largo del año.

Imponer el transporte nocturno tendría graves repercusiones sociales, sobre todo en las regiones donde las temperaturas superiores a 30 °C duran varios meses puesto que forzaría a que tanto transportistas, ganaderos y mataderos trabajen de noche.

Espacio disponible

Propuesta del Reglamento

En el caso del porcino se establen las medidas propuestas por la EFSA y de forma general para cerdos de hasta 110 kg de PV se debería reducir la densidad en un 40 % (aproximadamente).

Implicaciones

Estas nuevas normas solo han tenido en cuenta el dictamen científico de la EFSA sin reflexionar sobre la viabilidad y el impacto socioeconómico. Las nuevas normas de espacio y altura vertical propuestas reducirían considerablemente el número de animales transportados por camión, incrementando el número de camiones necesarios en la carretera.

Las pruebas científicas presentadas se alejan de la realidad sobre el terreno. No hay consenso sobre la comodidad de los animales en relación con un aumento del espacio disponible en un vehículo en movimiento. Si hay demasiado espacio entre los animales o por encima de ellos, no puede excluirse que se produzcan lesiones, especialmente en situaciones en las que el camión se rompe o gira.

El aumento del número de camiones en la carretera provocará un incremento de las emisiones de gases de efecto invernadero en toda la UE. La evaluación de impacto no aclara estas repercusiones medioambientales, ni la coherencia con otros objetivos climáticos y medioambientales y con la legislación vigente.

Los mataderos tendrán que adaptar sus infraestructuras al mayor número de vehículos que recibirían y muchos no podrán hacerlo.

Aspectos veterinarios

Propuesta del Reglamento

Las operaciones de carga y descarga serán supervisadas por un veterinario.

Implicaciones

La presencia de un veterinario para la carga y descarga de los animales es técnicamente inviable, ya que actualmente faltan veterinarios disponibles en toda la UE. Además, combinada con la propuesta sobre la temperatura (+30 °C, transporte obligatorio por la noche), el veterinario también tendría que estar presente en algún momento entre las 21 h y las 10 h. Desde una perspectiva financiera, esto tendría un impacto significativo. Por lo tanto, esta medida parece alejada de la realidad.

Periodos de transición

Propuesta del Reglamento

El Reglamento se deberá aplicar en un máximo de 2 años tras su publicación, con la excepción de los tiempos de viaje que será de 5 años.

Implicaciones

Para estos cambios estructurales, ni siquiera periodos de transición aún más largos que los 5 años propuestos serían suficientes, ya que son incompatibles con la capacidad de inversión de la mayoría de los ganaderos, su acceso a la tierra, las posibles implicaciones con los permisos medioambientales, el aumento de la carga administrativa, la financiación, etc.

Para los ganaderos, la transición debe situarse en la perspectiva del reto de la renovación generacional. Todas estas cargas adicionales, a cambio de escasas o nulas mejoras reales de las normas de bienestar animal, no harían sino aumentar las dificultades de los jóvenes agricultores para integrar la producción ganadera.

Este artículo aparece en el número 207 (mayo de 2024) de Suis. Suscríbete aquí para tener acceso completo a este y otros contenidos de la revista.

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