El Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas bovinas, establece en el anexo I los valores de equivalencia para el cálculo de unidades ganaderas mayores (UGM) y que sirven para calcular la capacidad máxima de una explotación, para la aplicación de los distintos requisitos que establece el real decreto y para establecer su clasificación por tamaño.
La tabla de equivalencias que figura en este real decreto debe ser la misma que se utiliza a efectos del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, de modo que se garantice la coherencia entra ambas normas, teniendo en cuenta que la clasificación de las explotaciones y su capacidad máxima autorizada en base al Real Decreto 1053/2022 es importante también para el control del cumplimiento de determinados requisitos en las intervenciones en forma de pagos directos que regula el Real Decreto 1048/2022.
Ante la existencia de una discrepancia entre ambas tablas, el Ministerio de Agricultura ha abierto a audiencia pública un real decreto para la modificación de esa tabla de equivalencias. Dada la urgencia en la aplicación de esta disposición se ha abreviado el plazo a siete días.
Las alegaciones, observaciones, sugerencias u opiniones al respecto que se realicen, deberán remitirse a la dirección de correo electrónico sganaderos@mapa.es. El plazo para envío de observaciones al texto comienza el 30 de mayo y finaliza el 7 de junio de 2023, ambos inclusive.